EXPEDIENTE 4674-95-B-LAMBAYEQUE
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Tenencia Ilegal de Armas: Hechos atípicos
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JurisprudenciaPENALPARTE ESPECIALDELITO CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICAVER95


Origen del documento: folio

SALA PENAL EXP. Nº 4674-95-B LAMBAYEQUE

     Lima, doce de noviembre de mil novecientos noventiséis.

     VISTOS; y CONSIDERANDO: que, para los efectos de imponer una sentencia condenatoria, los hechos delictivos deben estar fehacientemente acreditados, tal como lo establece el artículo doscientos ochenticinco del Código de Procedimientos Penales; que, asimismo, el artículo doscientos setentinueve del Código Penal señala que una persona comete el delito de tenencia ilegal de armas cuando ésta tiene en su poder un arma de fuego en forma ilegítima; que en el caso de autos no se dan los presupuestos a que hace referencia la disposición antes señalada; que, si bien es cierto, la policía incautó al encausado Juan Gabriel Orrillo Peralta una pistola de nuevo milímetros, pavonada color negro, marca Lorcin, también es evidente que a través de la primera etapa del proceso y el juicio oral se ha demostrado que dicha arma le fue entregada por su compañero de trabajo José Lizardo Verátegui Vásquez, quien se la dio con la licencia respectiva para los efectos de su mantenimiento, tal como se corrobora con la declaración que corre a fojas seis y que es ratificada por la propia instructiva del referido Orillo Peralta; por consiguiente, mal puede dictarse una sentencia condenatoria si los hechos no se tipifican como tales; en consecuencia, es el caso dar aplicación al artículo doscientos ochenticuatro del Código de Procedimientos Penales, concordante con el primer párrafo del artículo trescientos uno del acotado; declararon HABER NULIDAD en la sentencia recurrida de fojas setentiuno, su fecha cinco de setiembre de mil novecientos noventicinco, que condena a Juan Gabriel Orrillo Peralta, por el delito de tenencia ilegal de armas de fuego en agravio del Estado, a dos años de pena privativa de libertad, de ejecución suspendida condicionalmente por el plazo de prueba de dos años; con lo demás que contiene; reformándola: ABSOLVIERON al citado Juan Gabriel Orrillo Peralta de la acusación fiscal por el delito de tenencia ilegal de armas de fuego en agravio del Estado; DISPUSIERON la anulación de sus antecedentes policiales y judiciales con arreglo a lo dispuesto por el Decreto Ley veinte mil quinientos setentinueve; MANDARON archivar definitivamente la causa; y los devolvieron.

SS. MONTES DE OCA BEGAZO / BECERRA BARRANTES / SAPONARA MILLIGAN / BERNAL MATALLANA / FERNANDEZ URDAY



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