Declararon nula la sentencia al no haberse efectuado una debida evaluación de los hechos ni merituado en forma acertada la prueba actuada, y mandaron se realice un nuevo juicio oral debiendo disponerse la concurrencia de los médicos peritos a fin de que se pronuncien respecto a la gravedad de las lesiones de que fue objeto el agraviado.
JurisprudenciaPENALPARTE ESPECIALDELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUDVER96 |
SALA PENAL EXP. Nº 4834-96-B LIMA
Lima, cuatro de diciembre de mil novecientos noventiseis.
VISTOS; y CONSIDERANDO: que conforme se advierte de autos, no se ha efectuado una debida evaluación de los hechos que motivaron el evento criminoso y merituado en forma acertada la prueba actuada; que en un nuevo pronunciamiento a fin de concluir en su totalidad con la investigación, el Colegiado deberá disponer la concurrencia de los médicos peritos a fin que se pronuncien respecto a la gravedad de las lesiones de que fue objeto el agraviado Héctor Castro Pérez, asimismo deberán asistir los demás agraviados para que sean examinados en el acto oral; que estando a lo señalado por el artículo doscientos noventinueve del Código de Procedimientos Penales; declararon NULA la sentencia recurrida de fojas ciento ochenticuatro, su fecha tres de octubre de mil novecientos noventiseis; MANDARON se realice nuevo juicio oral por la misma Sala Penal Superior, con la concurrencia obligatoria de los mencionados en la parte considerativa de la presente resolución; en la instrucción seguida contra Jorge Sixia Vicente y otros, por el delito de lesiones graves y otro en agravio de Marco Antonio Vara Arcos y otro; y los devolvieron.
SS. MONTES DE OCA BEGAZO / BECERRA BARRANTES / SAPONARA MILLIGAN / BERNAL MATALLANA / FERNANDEZ URDAY