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Homicidio Culposo por Tránsito: Deber objetivo de cuidado
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JurisprudenciaPENALPARTE ESPECIALDELITO CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUDVER97


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EXP. Nº 5173-97

     Lima, treinta de marzo de mil novecientos noventiocho.

     VISTOS.- Interviniendo como Vocal Ponente la Doctora Mac Rae Thays; y de conformidad con lo opinado por el representante del Ministerio Público, a fojas noventinueve; y CONSIDERANDO: PRIMERO: que, conforme señala el informe técnico numero cuatrocientos setentiuno – UITAT – PNP,  a fojas veintinueve y siguientes, el factor predominante del accidente consiste en que el inculpado desplazaba su unidad a una velocidad tal, que no le permitió maniobrar con eficacia, para evitar el accidente, por lo que de lo actuado se establece la responsabilidad penal del inculpado Felipe Contreras Cuellar, conductor del vehículo de placa de rodaje WI tres mil setecientos cuatro; Segundo: que, como consecuencia del atropello se produjo la muerte del menor Miguel Angel Huamani Cajas por traumatismo cráneo encefálico conforme se establece del acta de defunción que obra a fojas cuarentiuno, y del protocolo de autopsia número dieciocho mil cincuenta, de fojas cincuentiuno; Tercero: que, en el presente caso se dan los supuestos de tipicidad objetiva previsto en el artículo ciento once del Código Penal al establecerse el nexo causal entre el comportamiento culposo del imputado con la muerte del menor, por estos fundamentos: CONFIRMARON la resolución de fojas noventitrés, su fecha primero de julio de mil novecientos noventisiete, que FALLA: CONDENANDO a FELIPE CONTRERAS CUELLAR como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud en la modalidad de Homicidio culposo en agravio de Miguel Angel Huamani Cajas a UN AÑO DE PENA PRIVATIVA DE LIBERTAD la que se suspende condicionalmente, bajo la observancia de las reglas de conducta fijadas; y FIJA EN TRES MIL NUEVOS SOLES, el importe de la reparación civil que deberá pagar el sentenciado Felipe Contreras Cuellar solidariamente con el tercero civilmente responsable, con lo demás que contiene, Notificándose y los devolvieron.

S.S. MAC RAE THAYS/EYZAGUIRRE GARATE/CAYO RIVERA SCHREIBER


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