EXP 12986-98-DEFAULT-EMISOR
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Titulo ejecutivo: liquidaciones de saldo deudor
[-]Datos Generales
JurisprudenciaPROCESAL CIVILPROCESOS DE EJECUCIÓNVERVER98


Origen del documento: folio

Expediente 12986-98

Sala Nº 2

Lima, veintiuno de agosto de mil novecientos noventiocho.

AUTOS Y VISTOS; Interviniendo como Vocal Ponente la doctora Cabello Arce; y ATENDIENDO: Primero.- A que en el presente caso, la empresa demandante ha presentado como título de ejecución la liquidación de saldo deudor corriente a fojas uno; Segundo.- Que estando a la naturaleza de la acción ejecutiva que conlleva una ejecución forzada en sí misma, los títulos a los que la Ley les da mérito para ser tramitados en esta vía deben ser declarados expresamente; Tercero.- Que las liquidaciones del saldo deudor que emiten las Empresas del Sistema Financiero, como en el presente caso, no tienen ese carácter, resultando insuficiente para otorgarle tal carácter la sola alusión a su mérito ejecutivo que se hace en el artículo ciento treintidós de la Ley veintiséis mil setecientos sesentidós; Cuarto.- Que se otorga derecho para promover ejecución a quien en el título ejecutivo o de ejecución tiene reconocido un derecho a su favor contra aquel que en el mismo tiene la calidad de obligado; Quinto.- Que la liquidación del saldo deudor contiene una declaración unilateral del demandante, mas no un derecho declarado razón por la que resulta insuficiente para acceder a su exigibilidad como título ejecutivo en esta vía. En tal virtud: CONFIRMARON el auto apelado de fojas once, su fecha quince de abril de mil novecientos noventiocho que resuelve denegar la ejecución; con lo demás que contiene; y los devolvieron.

SS. MANSILLA NOVELLA / FERREIRA VILDOZOLA / CABELLO ARCE


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