INVALIDEZ DE MATRIMONIO
¿Son aplicables a la invalidez del matrimonio las normas sobre separación de cuerpos o divorcio por causal?
A la invalidez del matrimonio le son aplicables en cuanto sean pertinentes las disposiciones establecidas para los procesos de separación de cuerpos o divorcio por causal. Cesa la obligación alimentaria entre los ex cónyuges por la disolución del vínculo
(Exp. Nº 3328-96-Lima).
Nulidad y anulabilidad de matrimonio: diferencia
Las causales de nulidad a diferencia de la anulabilidad del matrimonio afectan el interés y el orden social; por ello, la titularidad para accionar la nulidad es de amplia cobertura, pudiendo ser interpuesta por el Ministerio Público e intentada por cuantos tengan en ella un interés legítimo y actual (
Exp. Nº 492-98-2JF-Lima)
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¿Cuál es la diferencia entre los efectos de un matrimonio nulo y uno anulable?
Los efectos jurídicos de la nulidad y de la anulabilidad del matrimonio son distintos, pues la nulidad absoluta significa la existencia de un vicio que afecta la validez del acto mismo del matrimonio, mientras la anulabilidad reconoce la existencia de un vicio que no afecta las condiciones esenciales del acto mismo y, por ende, puede ser subsanable.
(Cas. Nº 4086-01-La Libertad).
¿La disolución del primer matrimonio de un bígamo convierte la causal de nulidad en
una de anulabilidad?
La disolución del vínculo del primer matrimonio del bígamo convierte la causal de nulidad en una de anulabilidad, pues es posible convalidar el segundo matrimonio
(Exp. Nº 802-94-Lima)
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Eficacia de matrimonio celebrado con buena fe
Tiene efectos civiles el matrimonio que fue celebrado con buena fe
(Cas. Nº 2789-98 Lima)
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Al establecer que la demandada había contraído el enlace de buena fe, no se ha contravenido el derecho al debido proceso, por lo que no se ha incurrido en las causales de nulidad
(Cas. Nº 3760-2000-Lima)
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Bigamia y buena fe
Tratándose del matrimonio del bígamo, la buena fe del otro contrayente se manifiesta en la ignorancia de la existencia del primer matrimonio
(Cas. Nº 1175-98-Callao)
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¿Es válido el matrimonio celebrado por una persona casada?
El matrimonio contraído por persona casada es causal para su nulidad. La muerte del primer cónyuge del bígamo, la invalidación del primer matrimonio o el divorcio no convierten la causal de nulidad en una de anulabilidad, como lo sugiere esta sentencia. Dichos eventos solo limitan el ejercicio de la acción en favor del segundo cónyuge del bígamo
(Exp. Nº 1041-95-Ica)
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Nulidad de matrimonio por bigamia
Es nulo de pleno derecho el matrimonio de la persona casada cuando se ha acreditado con la partida de matrimonio el estado civil de casado y se han contraído nuevas nupcias
(Exp. Nº 286-95-Callao)
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Nulidad de segundo matrimonio peticionada por la cónyuge
Si la nulidad del segundo matrimonio la peticiona la cónyuge, no corresponde, en este proceso, señalar el régimen de patria potestad ni alimentos a favor del hijo menor de edad nacido en las primeras nupcias, pues tales derechos deben hacer[los] valer vía acción en un proceso distinto
(Exp. Nº 393-97-10JF-Lima)
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¿Se puede declarar el matrimonio nulo en anulable si el cónyuge bígamo ha fallecido?
Si bien el matrimonio del casado es nulo, por excepción el legislador ha convenido en otorgarle caracteres de anulable si el primer cónyuge del bígamo ha muerto, el primer matrimonio ha sido invalidado o si este ha sido disuelto por divorcio
(Exp. Nº 326-2000-Huancayo).
¿El Ministerio Público está facultado para interponer la acción de nulidad de matrimonio?
Si se celebra un matrimonio sin cumplir con las formalidades establecidas por la ley el Ministerio Público está legitimado en interponer la acción de nulidad
(Cas. Nº 584-97-Huánuco)
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¿En qué caso es nulo el matrimonio celebrado entre parientes consanguíneos?
Es nulo el matrimonio de los consanguíneos en segundo y tercer grado de la línea colateral, sin embargo, tratándose del tercer grado el matrimonio se convalida si se obtiene dispensa judicial de parentesco
(Exp. Nº 1022-98-Lima)
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¿Cuándo un matrimonio puede ser anulado por causal de error?
Un matrimonio puede ser anulado por error cuando un cónyuge ha sido determinado al matrimonio por el otro mediante un engaño sin el cual no se hubiera casado, en este caso, el accionar doloso de la demandada al hacerle creer al demandante que este era quien la había embarazado
(Cas. Nº 1347-00-Huaura).