Coleccion: 177 - Tomo 74 - Articulo Numero 8 - Mes-Ano: 2008_177_74_8_2008_
¿CUÁL ES EL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN MEDIANTE INTERNET DE LOS CONVENIOS DE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES?
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DoctrinasTOMO 177 - AGOSTO 2008DERECHO APLICADO


TOMO 177 - AGOSTO 2008

¿CUÁL ES EL NUEVO PROCEDIMIENTO PARA LA INSCRIPCIÓN MEDIANTE INTERNET DE LOS CONVENIOS DE MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES?

      Consulta:

      Un suscriptor nos consulta cuál es el procedimiento que debe seguirse para inscribir los convenios de modalidades formativas laborales de acuerdo con la nueva regulación establecida por la Resolución Ministerial Nº 192-2008-TR, que modificó el TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

      Respuesta:

      Con la nueva regulación establecida por la Resolución Ministerial Nº 192-2008-TR se ha simplificado de manera significativa este trámite, pues ahora el empleador podrá registrar los contratos y convenios, y sus respectivas prórrogas, a través del portal institucional del Ministerio de Trabajo (vía web) utilizando la clave SOL de Sunat y siguiendo las instrucciones que aparecerán en el sistema de registro.

     Este servicio podrá ser usado por cualquier empleador (de pequeña, mediana y gran empresa) y podrá ser empleado para el registro de los siguientes contratos: contratos sujetos a modalidad, a tiempo parcial, contratos celebrados bajo el régimen de exportación no tradicional, de trabajo a domicilio, de futbolistas profesionales, de trabajadores destacados en empresas que realizan intermediación laboral y contratos de empresas o personas naturales que desarrollan cultivos o crianza.

     Como un paso previo al inicio de los procedimientos para el registro de los contratos de trabajo y convenios de modalidades formativas, el administrado deberá presentar en mesa de partes del MTPE, y por única vez, debidamente llenado su documento de acreditación (1) . La finalidad de la presentación de este documento de acreditación es que a través de la información proporcionada en ella, el MTPE pueda remitir al administrado todas las comunicaciones y notificaciones vinculadas a estos procedimientos administrativos.

     Una vez efectuada la acreditación deberá seguir el siguiente procedimiento para el registro de los convenios de modalidades formativas laborales:

     a)     Dentro de los 15 días naturales de celebrado el convenio, el empleador deberá ingresar al “Sistema de contratos y convenios de modalidades formativas laborales”, ubicado en la página web del Ministerio de Trabajo (www.mintra. gob.pe) utilizando la clave SOL entregada por Sunat.

     b)     Digitar los datos del convenio, adjuntando:

     ·El archivo que contiene el convenio escaneado en formato PDF, previa firma entre el empleador, el beneficiario y el centro de formación profesional.

     ·El plan de capacitación o carta de presentación, según sea el caso, escaneado en formato PDF.

     c)     Digitar en el “Sistema de contratos y convenios de modalidades formativas laborales”, los datos del comprobante de pago de la tasa correspondiente a 1% de 1 UIT (S/. 35.00), abonada en el Banco de la Nación.

     En caso de presentación pasado el plazo referido, se deberá cumplir con los requisitos antes señalados y digitar los datos de la tasa por presentación extemporánea, equivalente a 1.25% de 1 UIT (S/. 44.00). A efectos de la presentación de convenios de prácticas profesionales se debe abonar una tasa de 1.36% de 1 UIT (S/. 48.00).

     Finalmente, es preciso señalar que este nuevo procedimiento aprobado para efectos de la presentación de los convenios de prácticas profesionales ha entrado en vigencia a partir del 1 de agosto de 2008, y solamente rigen para Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao. En ese sentido, para el resto del país, la presentación de estos se continuará realizando aplicando el procedimiento anterior, hasta que se implemente este sistema de registro en las respectivas localidades.

      Base legal
     
•     Modificaciones al TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Resolución Ministerial N° 192-2008-TR (03/07/2008).





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