ACTUALIDAD LEGISLATIVA
Aprueban Procedimiento “Aplicación de Preferencias al amparo del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico” INTA-PE 01.34 (versión 1)
Resolución de Intendencia Nacional N° 08-2016/Sunat/5F0000 (publicación El Peruano: 05/05/2016; vigencia: 06/05/2016)
Mediante la presente resolución, se aprueba el procedimiento “Aplicación de Preferencias al amparo del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico”, que se aplica a la importación para el consumo de mercancías con preferencias arancelarias otorgadas por el Perú que se realizan al amparo del protocolo.
Dichas preferencias arancelarias se otorgan a las mercancías originarias de Chile, Colombia o México que se importen de conformidad con las disposiciones establecidas en el protocolo, las normas reglamentarias pertinentes y el presente procedimiento.
Modifican Procedimiento General “Transbordo” INTA-PG.11 (Versión 4)
Resolución de Intendencia Nacional N° 07-2016/Sunat/5F0000 (publicación El Peruano: 05/05/2016; vigencia: 06/05/2016)
La presente resolución modifica el Procedimiento General “Trasbordo” INTA-PG.11, con el objeto de adecuarlo a la normativa vigente, regular el uso de la información registrada en los sistemas informáticos de la Administración y simplificar el trámite del legajamiento de las declaraciones.
Normas relativas a los Puestos de control obligatorio de benes fiscalizados
Resolución de Superintendencia N° 113-2016/Sunat (publicación El Peruano: 05/05/2016; vigencia: 06/05/2016)
Mediante la presente resolución se designan los siguientes nuevos puestos de control obligatorio para los bienes fiscalizados:
Puesto de control obligatorio |
Ubicación |
HERRERÍA |
Av. Perú N° 1661 Mz. “N” Lote 1, Pampa del Carmen (S-1) distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junín. |
MACHENTE |
Av. Alianza para el progreso s/n, centro poblado menor Santa Cruz de Machente, distrito de Ayna, provincia de la Mar, departamento de Ayacucho. |
MUYURINA |
Carretera Ayacucho – Huanta Km. 6.5, distrito de Jesús Nazareno, provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho. |
Incrementan el Impuesto Selectivo al Consumo para los cigarrillos de tabaco negro y rubio
Decreto Supremo N° 112-2016-EF (publicación El Peruano: 05/05/2016; vigencia: 06/05/2016)
Mediante el presente decreto supremo, se modifica el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes contenidos en el Literal B del nuevo Apéndice IV de la Ley del IGV e ISC:
PARTIDAS ARANCELARIAS |
PRODUCTOS |
SOLES |
2402.20.10.00/ 2402.20.20.00 |
Cigarrillos de tabaco negro y cigarrillos de tabaco rubio |
S/ 0.18 por cigarrillo |
Modifican el Apéndice III del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo
Decreto Supremo N° 111-2016-EF (publicación El Peruano: 05/05/2016; vigencia: 06/05/2016)
Mediante el presente decreto supremo, se modifica el Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a los siguientes bienes del nuevo Apéndice III de la Ley del IGV e ISC:
PARTIDAS ARANCELARIAS |
PRODUCTOS |
SOLES POR GALÓN |
2710.19.22.10 |
Residual 6, excepto la venta en el país o la importación para comercializadores de combustibles para embarcaciones que cuenten con la constancia de registro vigente emitida por la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas |
0,68 |
2710.19.22.90 |
Los demás fueloils (fuel) |
0,63 |
Así también, se incluye en el nuevo Apéndice III de la Ley del IGV e ISC los bienes contenidos en las siguientes partidas arancelarias:
PARTIDAS ARANCELARIAS |
PRODUCTOS |
SOLES POR TONELADA |
2701.12.00.00- 2701.19.00.00 |
Antracitas para uso energético |
51,72 |
2710.19.22.90 |
Hulla bituminosa para uso energético y las demás hullas |
55,19 |
Fijan índices de corrección monetaria para determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
Resolución Ministerial N° 145-2016-EF/15 (publicación El Peruano: 05/05/2016; vigencia: 06/05/2016)
Mediante la presente resolución se dispone que en las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales –que optaron por tributar como tales– se realicen desde el día siguiente de publicada la presente resolución hasta la fecha de publicación de la resolución ministerial, mediante la cual se fijen los índices de corrección monetaria del siguiente mes, el valor de adquisición o construcción, según sea el caso, se ajustará multiplicándolo por el índice de corrección monetaria correspondiente al mes y año de adquisición del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente resolución.
Aprueban modificación del TUPA de la Sunat
Resolución de Superintendencia N° 111-2016/Sunat (publicación El Peruano: 30/04/2016; vigencia: 01/05/2016)
Mediante la presente resolución se modifica el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) con la finalidad de actualizar los procedimientos administrativos.
Por otro lado, según la disposición complementaria transitoria de la presente resolución, se establece que para la interposición, trámite y resolución de los recursos de apelación derivados de los procedimientos de selección iniciados antes del 9 de enero de 2016 se aplicará la Ley de Contrataciones del Estado aprobada, mediante Decreto Legislativo N° 1017 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y normas modificatorias.
Se aprueban nuevas versiones del PDT Predios - Formulario Virtual N° 3530 y del PDT Precios de Transferencia - Formulario Virtual N° 3560 y se modifica el Formulario Virtual N° 1630
Resolución de Superintendencia N° 110-2016/Sunat (publicación El Peruano: 30/04/2016; vigencia: 01/05/2016)
Mediante la presente resolución, se aprueba la versión 1.1 del PDT PREDIOS - Formulario Virtual N° 3530, así como la modificación del Formulario Virtual N° 1630, a efectos de que se proporcione en este la información adicional respecto de los sujetos obligados no domiciliados.
Así también se aprueba la versión 1.4 del PDT Precios de Transferencia - Formulario Virtual Nº 3560, la que estará a disposición a partir del 1 de mayo, quienes deberán presentar la declaración vía Sunat Virtual, si el archivo generado por el PDT Precios de Transferencia – Formulario Virtual N° 3560 ocupa un espacio igual o menor a 3 MB, de lo contrario dicho PDT se presentará en la dependencia de la Intendencia de Principales Contribuyentes (Lima, regionales o nacionales, respectivamente), para los Principales Contribuyentes y en los centros de servicios al contribuyente habilitados por la Sunat para los medianos o pequeños contribuyentes.
Por otro lado, los sujetos obligados a presentar la Declaración de Predios que, con anterioridad a la vigencia de la presente resolución hayan presentado la Declaración de Predios correspondiente al ejercicio 2015, a través de los referidos PDT PREDIOS - Formulario Virtual N° 3530 o Formulario Virtual N° 1630, no deberán presentar nuevamente su declaración por dicho ejercicio, salvo que sustituyan o rectifiquen aquella.
Aprueban índices de distribución de la regalía minera correspondiente al mes de marzo de 2016
Resolución Ministerial N° 136-2016-EF/50 (publicación El Peruano: 26/04/2016; vigencia: 27/04/2016)
Mediante la presente resolución ministerial y conforme al anexo que forma parte de la misma, se establece la aprobación de los índices de distribución de la regalía minera que corresponden al mes de marzo de 2016, para aplicar en gobiernos locales, gobiernos regionales y universidades nacionales beneficiados con la regalía minera.
Los citados índices de distribución consideran la información remitida por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y el Ministerio de Educación (Minedu), según los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el artículo 8 de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, y el artículo 13 del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº157-2004-EF y normas modificatorias.
Modifican el Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, aprobado por Decreto Supremo N° 208-2015-EF
Decreto Supremo Nº 100-2016-EF (publicación El Peruano: 14/04/2016; vigencia: 15/04/2016)
Mediante el presente decreto, se aprueban las modificaciones del Reglamento de la Ley N° 29623, Ley que promueve el financiamiento a través de la factura comercial, las cuales permitirán mejorar la operatividad y negociabilidad de la factura negociable con el fin de mejorar las condiciones de acceso a servicios financieros de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Aprueban formulario para la comunicación de operaciones inusuales a que se refiere el artículo 76 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1126
Resolución de Superintendencia N° 102-2016/Sunat (publicación El Peruano: 14/04/2016; vigencia: 15/04/2016)
Mediante la presente resolución, se aprueba el Formulario N° F-104 “Comunicación de operaciones inusuales” para que serán utilizados por los usuarios con la finalidad de comunicar las operaciones inusuales de las que tomen conocimiento durante el desarrollo de sus actividades, dentro del marco establecido para el control de insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados para la elaboración de drogas ilícitas y normas modificatorias.
Por otro lado, el referido formulario se encuentra a disposición de los usuarios en Sunat Virtual y en cualquier centro de servicios al contribuyente, a partir de la fecha de vigencia de la presente resolución.
Aprueban disposiciones relativas al beneficio de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo en los servicios de transporte público interprovincial de pasajeros y carga
Resolución de Superintendencia Nº 101-2016/Sunat (publicación El Peruano: 13/04/2016; vigencia: 14/04/2016)
Mediante la presente resolución, se aprueba el porcentaje que representa la participación del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC) en el precio por galón del combustible al que se refiere el inciso b) del numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 29518, es el siguiente:
MES |
PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%) |
Enero 2016 |
17.8 |
Febrero 2016 |
17.8 |
Marzo 2016 |
17.5 |
Nota de Actualidad Jurídica: Por razones editoriales, este resumen comprende las principales normas y/o sentencias publicadas entre el 6 de abril y el 5 de mayo de 2016.