No se configura cohecho pasivo impropio si el bien es inidóneo para determinar a un funcionario
CONSULTA:
Se nos consulta si es posible que se configure el delito de cohecho pasivo impropio regulado en el artículo 394 del Código Penal cuando un servidor público recibe bienes que los usuarios le otorgan como agradecimiento por el cumplimiento de su labor. Estos bienes consisten, usualmente, en gaseosas, galletas, chocolates, etc.
RESPUESTA
No se configura el delito de cohecho pasivo impropio cuando los servidores públicos reciben como agradecimiento los bienes de poca trascendencia o inidóneos para condicionar el normal ejercicio de sus labores.
Asimismo, no se evidencia una voluntad de infringir deberes funcionales como elemento subjetivo del tipo de cohecho pasivo impropio.
FUNDAMENTACIÓN:
El cohecho constituye una de las múltiples formas en las que se materializan los delitos de corrupción de funcionarios. Rojas Vargas señala que por cohecho se entiende a “una especie concreta de corrupción focalizada en función a los comportamientos de los sujetos públicos que lesionan o ponen en peligro el bien jurídico tutelado del correcto funcionamiento de la Administración Pública y de la imparcialidad como condición fundamental en sus actos”2. El cohecho, como se puede ver, es una conducta ilícita en la cual se negocia la función de un funcionario público.
En el delito de cohecho pasivo impropio3 se lesiona el correcto funcionamiento de la Administración Pública en la medida que condiciona el ejercicio de las funciones de un funcionario público mediante el recibimiento de un donativo lo suficientemente idóneo para influenciar en la realización de un acto específico relacionado con un funcionario particular.
Es decir, no solo basta aceptar el bien, sino que esto debe ser la respuesta al cumplimiento de un acto funcional realizado o por realizar.
Existe una relación de causalidad. Ello, según señala Rojas Vargas, ha sido una preocupación tradicional de la política penal por ser una práctica arraigada en países como el nuestro.
En la consulta se nos plantea un caso común de la actividad en la Administración Pública, en donde los usuarios entregan a los servidores una serie de donativos como muestra de agradecimiento, por ejemplo, por la celeridad con la que han sido atendidos. Este escenario suele relacionarse con la figura del cohecho pasivo impropio precisamente porque concurren todos los elementos del tipo objetivo (condición de funcionario o servidor, verbo rector, etc.).
Sin embargo, el ínfimo valor de los bienes los vuelven inidóneos para poder influenciar en la labor de un funcionario público a pesar de que es posible identificar una relación de causalidad entre el donativo y la función realizada.
Por otro lado, debe considerarse que para la comisión de cualquier delito es necesaria la presencia de un elemento subjetivo. Y en el caso del cohecho pasivo impropio su presencia es determinante, “ya que el acto o actos que se ve comprometido a realizar el sujeto activo poseen naturaleza lícita”.
En el presente caso, no se vislumbra un acuerdo o intención entre quien otorga los bienes y quien los recibe de realizar actos de naturaliza lícita, sino un simple acto de cordialidad a raíz de la función realizada. Es decir, no concurren tampoco los elementos del tipo subjetivo.
En conclusión, la conducta descrita en la consulta no tiene relevancia penal por ser atípica tanto a nivel objetivo como subjetivo.
Base legal
• Código Penal: art. 394.
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2 ROJAS VARGAS, Fidel. Delitos contra la Administración Pública. Grijley, Lima, 1999, p. 323.
3 Código Penal Artículo 394.- Cohecho pasivo impropio El funcionario o servidor público que acepte o reciba donativo, promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido para realizar un acto propio de su cargo o empleo, sin faltar a su obligación, o como consecuencia del ya realizado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años e inhabilitación conforme a los incisos 1 y 2 del artículo 36 del Código Penal y con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa.