RESUMEN LEGAL Y JURISPRUDENCIAL PROCESAL CIVIL Y DE ARBITRAJE
Poder Judicial: Establecen la conformación de la Corte Suprema de Justicia para el 2013
Resolución Administrativa N° 001-2013-P-PJ (publicación: 03/01/2013, entrada en vigencia: 04/01/2013)
Se ha establecido la conformación de las salas de la Corte Suprema de Justicia de la República para el año judicial 2013. Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 001-2013-P-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 3 de enero.
Se señala que la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente será presidida por Hugo Sivina Hurtado y conformada por Roberto Luis Acevedo MENA, Ricardo Guillermo Vinatea Medina, Segundo Morales Parraguez, Silvia Consueño Rueda Fernández.
La Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria será presidida por Ramiro Eduardo De Valdivia Cano y conformada por Javier Arévale Vela, Isabel Cristina Torres Vega, Elizabeth Roxana Margaret Mac Rae Thays y Juan Chaves Zapater.
La Sala Civil permanente será presidida por Luis Felipe Almenara Bryson y conformada por Jacinto Julio Rodríguez Mendoza, Evangelina Huamani Llamas, Yrma Flor Estrella Cama y Jorge Bayardo Calderón Castillo.
La Sala Civil Transitoria será presidida por Victor Lucas Ticona Postigo y conformada por Héctor Wilfredo Ponce de Mier, Elina Hemilce Chumpitaz Rivera, Ana María Valcarcel Saldaña y Carmen Julio Cabello Matamala.
La Sala Penal permanente será presidida por Javier Villa Stein y conformada por José Pariona Pastrana, Jorge Luis Salas Arenas, Elvia Barrios Alvarado y Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi.
La Sala Penal Transitoria será presidida por César Eugenio San Martín Castro y conformada por José Luis Lecaros Cornejo, Victor Roberto Prado Saldarriaga, Duberli Apolinar Rodríguez Tineo y José Antonio Neyra Flores.
Asimismo, se hace referencia a que Ana María Aranda Rodríguez asumirá la Jefatura de la oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.
Poder Judicial: Órganos de línea de la OCMA podrán imponer suspensión preventiva a jueces en casos flagrantes de infracciones funcionales
Resolución administrativa Nº 230-2012-CE-PJ (publicación: 05/01/2013; entrada en vigencia: 06/01/2013)
Como parte de las modificaciones hechas al Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA), se ha establecido que las Oficinas Descentralizadas del Órgano de Control Interno de la Magistratura (Odecma), así como también la Unidad de Visitas y Prevención y la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA, pueden decretar, de oficio, la suspensión preventiva al personal jurisdiccional en los casos en que se presente una infracción flagrante en sus funciones, como medida cautelar para su posterior destitución del cargo.
Entre las modificaciones también se regula detalladamente el trámite del procedimiento disciplinario, que será conocido por la OCMA, así como se regula la figura de la conclusión anticipada del procedimiento, en caso de encontrase con suficiencia de pruebas o en casos de flagrancia de los actos alegados, donde se precisa que se garantizará el derecho de defensa del investigado, estableciendo el derecho que asiste a este para emitir un informe oral antes del pronunciamiento final del procedimiento.
También se ha establecido, con la finalidad de lograr una mayor celeridad en el procedimiento, que la persona que emita una queja a la OCMA puede señalar como su domicilio procesal una dirección electrónica.
Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial
Resolución Administrativa N° 229-2012-CE-PJ (publicación: 29/12/2012; entrada en vigencia: 30/12/2012)
Se ha aprobado el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA). Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 229-2012-CE-PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 29 de diciembre.
El mencionado reglamento señala que la OCMA es el órgano de control que tiene por función investigar y sancionar a los magistrados, excepto jueces supremos, y auxiliares jurisdiccionales, que según la ley configuran supuestos de responsabilidad funcional. Asimismo, se precisa que la OCMA está conformada por los órganos de Fiscalización y Veeduría, de Apoyo, de Línea y los Órganos Desconcentrados, todos a cargo del Órgano de Dirección.
El Órgano de Fiscalización y Veeduría tiene como función el garantizar la transparencia y eficacia de la actividad contralora, desarrollando la fiscalización permanente de las actividades de los órganos de control del Poder Judicial, a nivel central y desconcentrado, interviniendo como parte o como tercero con interés en los procedimientos disciplinarios, con legitimación extraordinaria para accionar, ofrecer pruebas, impulsar los procedimientos e impugnar las resoluciones; así como participar en las acciones de control preventivo.
El Órgano de Línea está conformado por la Unidad de Procedimientos Disciplinarios, la Unidad de Visitas y Prevención, la Unidad de Investigación y Anticorrupción; y, la Unidad de Defensoría del Usuario Judicial. Este órgano es el encargado de resolver los medios impugnatorios interpuestos contra las medidas disciplinarias, de controlar el trabajo realizado por las Órganos Desconcentrados de Control de la Magistratura (Odecma), de prevenir e investigar presuntos actos de delincuencia y de recibir y atender las quejas verbales presentadas por los usuarios de los servicios de justicia brindados por el Poder Judicial.
Por último, se señala que el Órgano de Dirección está compuesto por la Jefatura Suprema de Control, encargada de planificar, organizar, dirigir y evaluar la OCMA; y, tiene como soporte al Órgano de Apoyo.
Corte Superior de Justicia de Lima: Reconforman Salas para Año Judicial 2013
Resolución Administrativa N° 013-2013-P-CSJLI/PJ (publicación: 05/01/2013; entrada en vigencia: 06/01/2013)
Se han reconformado las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima para el año 2013. Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 013-2013-P-CSJLI/PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 5 de enero.
En ese sentido, Ángel Henry Romero Díaz presidirá la Primera Sala Civil, la misma que estará conformada por Carlos Giovani Arias Lazarte y Marcela Teresa Arriola Espino. La Segunda Sala Civil será presidida por Carmen Yleana Martínez Maravi y conformada por Jesús Manuel Soller Rodríguez y César Augusto Solís Macedo.
La Tercera Sala Civil será presidida por Arnaldo Rivera Quispe Presidente y conformada por Rosa María Ubillus Fortini y Dora Zoila Ampudia Herrera. Asimismo, la Sexta Sala Civil será presidida por Julio Martín Wong Abad y conformada por Emilia Bustamante Oyague y María Leticia Niño Neira Ramos.
La Segunda Sala Contencioso Administrativa será presidida por Juan Miguel Ramos Lorenzo y conformada por Germán Alejandro Aguirre Salinas y Edith Carmen Cerna Landa Provisional. La Tercera Sala Contencioso Administrativa será presidida por Juan José Linares San Román y conformada por Luis Alberto Carrasco Alarcón y José Guillermo Aguado Sotomayor.
La Quinta Sala Contencioso Administrativa será presidida por Gustavo Antonio Odría Odría y conformada por Maria Isabel Hasembank Armas y Rosa Adriana Serpa Vergara de Cruz. La Segunda Sala Transitoria Contencioso Administrativa será presidida por David Percy Quispe Salsavilca y conformada por Segundo Benjamin Rosas Montoya y Cristina Amparo Sanchez Tejada.
La Quinta Sala Penal con Reos Libres será presidida por Julio Enrique Biaggi Gómez y conformada por Carlos Segundo Ventura Cueva Titular y Leonor Angela Chamorro García de Delgado. La Sexta Sala Penal Reos Libres será presidida por Araceli Denyse Baca Cabrera Presidente y conformada por José Abel De Vinatea Vara Cadillo y Nancy Elizabeth Eyzaguirre Gárate.
La Segunda Sala Laboral será presidida por Eduardo Raymundo Ricardo Yribarren Fallaque y conformada por Mariem Vicky De La Rosa Bedriñana Titular y Rosa Amelia Barreda Mazuelos.
La Tercera Sala Laboral será conformada por Eliana Elder Araujo Sánchez y conformada por Ofelia Mariel Urrego Chuquihuanga y Dora María Runzer Carrión.
Por último, La Sala Transitoria Laboral será presidida por Néstor Edmundo Morales Gonzalez y conformada por Guillermo Emilio Nue Bobbio y Ciro Lusman Fuentes Lobato.
Corte Superior de Lima: Aprueban conformación de ODECMA Lima
Resolución Administrativa Nº 027-2013-P-CSJLI/PJ (publicación: 09/01/2013; entrada en vigencia: 10/01/2013)
Se ha aprobado la nueva conformación de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (Odecma) de Lima correspondiente al año judicial 2013. Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 027-2013-P-CSJLI/PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el miércoles 9 de enero.
En ese sentido el juez superior titular Jorge Antonio Plascencia Cruz ocupará la Jefatura de la Odecma. La jueza superior titular Hilda Martina Rosario Tovar Buendía será la responsable de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas.
Asimismo, la juez superior titular Sonia Nérida Váscones será la responsable de la Unidad Desconcentrada de Quejas, la misma que será conformada por jueces titulares Gastón Alejandro Adrianzén García, Elizabeth Lourdes Minaya Huayaney, Rosa Yanina Solano Jaime, Gissele Yolanda Cuzma Cáceres, Guillermo Vicente Solano Chumpitaz y Carlos Charapaqui Poma.
La juez superior titular Ángela María Salazar Ventura será la responsable de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, la misma que será integrada por los jueces titulares Mario Gilmer Cuentas Zúñiga, José Manuel Quispe Morote, Jorge Luis Pajuelo Cabanillas y la Juez de Paz Letrado Titular Elsa Zamira Romero Méndez. Asimismo, se señala que Alicia Margarita Gómez Carvajal, Juez Superior Titular, será la responsable del Equipo de Asistentes, del Órgano de Apoyo
Reglas sobre embargo de pensiones de la legislación militar policial deben ser interpretadas en concordancia con las disposiciones de inembargabilidad del Código Procesal Civil
Proceso de Amparo N° 4176-2010-Lima (publicación: 13/01/2013)
En este pronunciamiento emitido por la Sala Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, se establece que no puede aplicarse la regulación sobre embargo de pensiones del personal militar si esta no se ajusta a los límites establecidos como embargables en el Código Procesal Civil, específicamente el artículo 648 inciso 6 de dicho cuerpo legal.
De acuerdo con el caso, el amparista había sido procesado en el fuero militar por ciertos delitos de función que incluía una eventual condena por reparación civil. En atención a esta última pretensión, el fuero privativo había dispuesto un embargo en forma de retención de su pensión hasta un cincuenta por ciento, al amparo del artículo 40 del Decreto Ley Nº 19846 y el artículo 543 numeral 6) del Código de Justicia Militar. En efecto, dicho artículo 40 del citado Decreto Ley establecía expresamente que las pensiones podrán ser gravadas en caso de mandato judicial por responsabilidad pecuniaria a favor del Estado, hasta el 50 %.
Sin embargo, para la Sala que conoció del amparo, dichas normas deben interpretarse en concordancia con lo previsto en el artículo 648 inciso 6) del Código Procesal Civil, en cuanto establece que son inembargables las pensiones, “cuando no excedan de cinco Unidades de Referencia Procesal. El exceso es embargable hasta una tercera parte”. Ello le permite concluir que tratándose de la afectación de los derechos a la remuneración y a la pensión, acorde con el principio de igualdad, no cabe efectuar diferencias de trato injustificadas respecto a las demás personas, a quienes le son de aplicación lo dispuesto en el Código Procesal Civil a partir de su entrada en vigencia (1993).
El Tribunal finalmente observa que el monto de la pensión percibida por el actor (cuyo promedio es de S/. 1,125) no supera las cinco Unidades de Referencia Procesal a las que hace referencia el artículo 648 inciso 6) del Código Procesal Civil, no podía embargarse la pensión del demandante, ya que con ello se pone en riesgo las necesidades vitales del actor y su familia; recomendando que las atribuciones con las que cuentan la autoridad pública para asegurar el pago de la reparación civil deben ejercerse con pleno respeto de las garantías y derechos de las personas, más aún cuando la afectación en el presente caso incide sobre el derecho a la pensión que asiste al actor.
Corte Superior de Lima Norte: Conforman salas superiores
Resolución Nº 001-2013-CSJLN/PJ (publicación: 09/01/2013; entrada en vigencia: 10/01/2013)
Se ha establecido la conformación de las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte para el año judicial 2013. Así lo ha dispuesto la Resolución Nº 001-2013-CSJLN/PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 9 de enero.
En ese sentido, la Primera Sala Civil será presidida por José Alberto Infantes Vergara y conformada por Walter Alfredo Diaz Zegarra y Vicente Amador Pinedo Coa. La Segunda Sala Civil será presidida por Edgardo Torres López y conformada por Carmen María López Vásquez y Leonor Eugenia Ayala Flores. La Sala Transitoria Civil será presidida por Carlos Alberto Calderon Puertas y conformada por Agustín Reymundo Jorge y Rosa María Catacora Villasante.
Asimismo, la Primera Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel será presidida por Segundo Baltasar Morales Parraguez y conformada por Elizabeth Pilar Huaricancha Natividad y Teresa Isabel Doris Espinoza Soberon. La Segunda Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel será presidida por Porfirio Edita Condori Fernández y conformada por Iris Estela Pacheco Huancas y William Fernando Quiroz Salazar.
La Primera Sala Penal para Procesos con Reos Libres será presidida por David Víctor Lecaros Chávez y conformada por Luis Alberto Alejandro Reynoso Edén y Guillermo Marín Huamán Vargas. La Segunda Penal para Procesos con Reos Libres será presidida por Francisco Rozas Escalabte y conformada por Jorge Guillermo Fernández Cevallos y María Elena Jo Laos. Por último, la Sala Penal Transitoria será presidida por Gabino Alfredo Espinoza y conformada por Luz Janet Ugel Medina y Ana María Revilla Palacios.
Corte Superior de Lima: Precisan conformación de la Comisión Distrital para la Descarga Procesal
Resolución Administrativa Nº 024-2013-CSJLI/PJ (publicación: 10/01/2013; entrada en vigencia: 11/01/2013)
Se ha precisado la conformación de la Comisión Distrital para la Descarga procesal de la Corte Superior de Justicia de Lima. Así lo ha dispuesto la Resolución Administrativa Nº 024-2013-CSJLI/PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de enero.
Esta comisión será presidida por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, Iván Sequeiros Vargas y conformada por el Jefe de Oficina Descentrada de Control de la Magistratura (Odecma), Jorge Antonio Plasencia Cruz, por el Juez Especializado Titular y miembro del Consejo Ejecutivo Distrital, Julio César Rodríguez Rodríguez, y el Gerente de Administración Distrital, César Luis Laynez Lozada Puente Amao. Además el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, John W. Sánchez Chirinos, ocupará el cargo de secretario técnico.
Cabe señalar que la Comisión Distrital fue dispuesta por la Directiva N° 001-2012-CE-PJ, que a su vez fue aprobada mediante la Resolución Administrativa N° 031-2012-CE-PJ.
OCMA: Establecen cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias en las Cortes Superiores para la primera parte de 2013
Resolución de Jefatura Nº 002-2013-OCMA/PJ (publicación: 11/01/2013); entrada en vigencia: 12/01/2013)
Se ha establecido el cronograma de Visitas Judiciales Ordinarias, de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial (OCMA), a las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Piura, Sullana, San Martín, Huaura y Loreto, que se llevarán a cabo en los meses de enero, marzo y abril de 2013. Así lo ha dispuesto la Resolución de Jefatura Nº 002-2013-OCMA/PJ, publicada en el diario oficial El Peruano el 11 de enero.
El cronograma de visitas se ha fijado de la siguiente manera el 21, 22, y 23 de enero en la Corte Superior de Justicia del distrito judicial de Piura, el 24 y 25 en Corte Superior del distrito judicial de Sullana, el 12, 13 y 14 de marzo en la Corte Superior del distrito judicial de San Martín, el 25 y 26 en la Corte Superior del distrito judicial de Huaura, el 8 y 12 de abril en la Corte Superior del distrito judicial de Lima y el 23, 24 y 25 en la Corte Superior del distrito judicial de Loreto.
Cabe señalar que estas visitas judiciales tienen como finalidad verificar, cualitativa y cuantitativamente, el desempeño funcional de los magistrados y auxiliares que integran los órganos jurisdiccionales, y el cumplimiento de las normas legales y administrativas de su competencia, además de otros aspectos que puedan incidir en el servicio de justicia, según lo establecido en los artículos 88 y 89 del ROF de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial.