Coleccion: 225 - Tomo 23 - Articulo Numero 8 - Mes-Ano: 2012_225_23_8_2012_

Las partes pueden ejercer control sobre la admisión de medios probatorios denunciando su impertinencia sin necesidad de recurrira las tachas y oposiciones

CONSULTA:

El abogado de la parte actora en un proceso de desalojo por vencimiento de contrato de arrendamiento, nos comenta que su contraparte ofreció los siguientes medios probatorios: 1) Una carta notarial mediante la cual el demandante le proponía prorrogar el contrato; 2) La declaración de parte del demandante; y 3) La inspección judicial en el inmueble materia de litis a fin de acreditar que él se encontraba viviendo allí conjuntamente con su familia. En este contexto nos consulta si es posible cuestionar ex ante la admisión de los medios probatorios sin recurrir a las tachas u oposiciones con la finalidad de que no se admitan algunos medios probatorios por no tener relación con lo que se discute y cuya eventual actuación dilataría el proceso.

RESPUESTA

La partes tienen la facultad de ejercer, independientemente de las tachas y oposiciones que pudiesen promover, un control sobre los medios probatorios ofrecidos respecto de su pertinencia e idoneidad a través de pedidos innominados de improcedencia de los medios probatorios ofrecidos en la primera oportunidad que se puedan denunciar, de tal forma que puedan ser excluidos en la etapa de saneamiento probatorio.

FUNDAMENTACIÓN:

Como sabemos, las pruebas tienen por finalidad generar convicción al juez sobre los hechos materia de discusión, y siendo la pretensión objeto del proceso, así las partes deben ofrecer pruebas que tengan relación con la litis. Este criterio de pertinencia se rescata del artículo 190 del Código Procesal Civil, por cuanto “los medios probatorios deben referirse a los hechos (…). Los que no tengan esa finalidad, serán declarado improcedentes por el juez”. El inciso 1 del citado artículo sostiene a su vez que la improcedencia se extiende también a los hechos no controvertidos.

En el presente caso, para que la contraparte pueda hacer una labor de control de la admisión de la prueba debe verificar si las pruebas que ofrece tendrán relación con el objeto de discusión.

Pero previamente debe realizar una proyección de los puntos controvertidos; es decir, si la pretensión es el desalojo por vencimiento de contrato y la contraparte sostiene que el contrato se prorrogó no será materia de discusión si el emplazado vive en el predio; o que se pretenda a través de una declaración de parte descubrir los alcances del contrato cuando este existe como documento.

Así tenemos que los puntos controvertidos podrían ser: a) determinar si el contrato de arrendamiento ha vencido como afirma el actor, y/o b) establecer si dicho contrato fue prorrogado como sostiene la demandada.

En tal sentido, si se tratara de un proceso de conocimiento, dentro de los tres días de notificada la resolución que sanea el proceso (cuando el juez llama a proponer los puntos controvertidos), debe contemplarse a criterio de las partes también un control de los medios probatorios en torno a su pertinencia e idoneidad; sin embargo, tratándose de un proceso sumarísimo, el control debe ejercitarse en la primera oportunidad que se conozca las pruebas ofrecidas antes de llevarse a cabo la audiencia única; caso contrario, la admisión de un medio probatorio que a criterio de alguna de las partes no guarda relación solo podrá ser impugnado vía apelación, salvo que se trate de una prueba de oficio que acarrea su inimpugnabilidad.

En tal sentido, pueden ser cuestionados por no guardar relación con los puntos controvertidos, esencialmente la declaración de parte si se dirige a probar los alcances del contrato de arrendamiento, pues basta para ello la versión documental y una debida interpretación de sus cláusulas; por otro lado sería impertinente llamar a la contraparte a declarar sobre una norma, y no sobre hechos; asimismo, la inspección judicial tampoco tendría sentido puesto que se considera un hecho no controvertido la ocupación que viene realizando la parte demandada en el inmueble, a mayor abundamiento el artículo 591 contiene una limitación de medios probatorios en la que la inspección judicial quedaría vedada.

Sin perjuicio de ello, la Carta Notarial ofrecida, sí podría ser relevante para el caso puesto que manifestaría una voluntad de prórroga, por lo que sería el único documento que debería pasar el filtro probatorio.

Base legal

Código Procesal Civil: arts. 188, 190 inc. 1 y 468.

MODELO DE ESCRITO PLANTEANDO IMPROCEDENCIA DE MEDIO PROBATORIO OFRECIDO RELATIVO A HECHOS NO CONTROVERTIDOS

Secretario : ………………..

Expediente : ………………..

Cuaderno : PRINCPAL

Escrito : Nro. ………….

Sumilla: Solicito se rechace por improcedentes los medios probatorios de la demandada

Señor Juez Civil de ..........

AAA en los seguidos con BBB sobre ……. atentamente, digo:

Que, dentro del plazo de ley, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 190 del Código Procesal Civil relativo a la pertinencia de medios probatorios, planteo un pedido de improcedencia contra el documento, de fecha …., ofrecido como medio probatorio por la parte contraria y adjuntado como anexo …. de su escrito de contestación de demanda, de fecha …., a efectos de que se declare improcedente y quede excluido de la admisión de los medios probatorios que se llevará acabo en la audiencia única en mérito a las siguientes consideraciones de hecho y de derecho:

1. Que, tal como se desprende del inciso 1) del artículo 190 del Código Procesal civil, son improcedentes los medios de prueba que tiendan a establecer hechos no controvertidos.

2. Que, el documento, de fecha …….., ofrecido como medio probatorio por la parte contraria y adjuntado como anexo ….. de su escrito de contestación de demanda, está referido a …….; como se puede apreciar, dicho documento trata sobre hechos no controvertidos, pues el presente proceso versa sobre ……. , materia completamente ajena a los hechos documentados por el aludido instrumento, resultando claramente improcedente como medio de prueba.

Por lo tanto:

Al Juzgado, solicito se sirva tener en cuenta el pedido de improcedencia y, en su oportunidad, declarar improcedentes por impertinente el medio de prueba cuestionado, conforme a mi derecho y de acuerdo a ley.

Ciudad, ……………………..

___________________ _____________________

Sello y firma del letrado Firma del (de la) recurrente


Gaceta Jurídica- Servicio Integral de Información Jurídica
Contáctenos en:
informatica@gacetajuridica.com.pe