El binomio crimen organizado y lavado de activos en la era digital. Una problemática de las criptomonedas
Organized crime and money laundering in the digital era. A problem with cryptocurrencies
Carlos Alberto FRANCO ALZAMORA*
Resumen: El autor analiza las nuevas formas que el crimen organizado tiene para evadir el control de las autoridades estatales; en ese sentido, precisa que las TIC son aliadas indispensables para renovar sofisticados métodos de desarrollo de su labor criminal sin dejar rastros, teniendo como uno de sus principales aportes las criptomonedas para el delito de lavado de activos, cuestión sobre la que profundiza y realiza algunos comentarios críticos. Abstract: The author analyzes the new ways that organized crime has to evade the control of state authorities; In this sense, it specifies that ICTs are an indispensable ally to renew sophisticated methods of carrying out their criminal work without leaving traces, having cryptocurrencies as one of its main contributions for the crime of asset laundering, an issue on which it delves deeper and makes some critical comments. |
Palabras clave: Crimen organizado / Lavado de activos / Criptomonedas Keywords: Organized crime / Money laundering / Cryptocurrencies Marco normativo: Código Penal: art. 317. Recibido: 15/3/2023 // Aprobado: 22/3/2023 |
I. INTRODUCCIÓN
Las organizaciones criminales vieron en la tecnología un aliado para facilitar sus operaciones y blanquear sus ingresos ilícitos; pues bien, según la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc, por sus siglas en inglés) el lavado de activos representó alrededor de US$ 2 trillones (un 5 % del PIB global) solo hasta el 2019 (Salazar Soledispa, Andrade Garófalo y Omar, 2018, pp. 143-144), cifras que desafortunadamente van en aumento. De otro lado, algunos juristas refieren que el delito de lavado de activos debe gozar de plena autonomía y no depender de un delito fuente que requiera de la actividad probatoria de ese delito previo, de ahí el cuestionamiento sobre la debilidad de la actividad probatoria que, de algún modo, es lesiva a las garantías fundamentales (Ospitia Rozo, 2016, pp. 147-148).
La conexión entre el lavado de activos y la criminalidad organizada logró niveles inimaginables, que se vieron fortalecidos por la corrupción que impera en los funcionarios públicos. Este escenario lesiona la legitimidad de las instituciones públicas, desestabiliza la gobernabilidad y la economía; siendo imperativa la adopción de nuevas medidas y estrategias que permitan neutralizar el financiamiento del crimen organizado a través del lavado de activos, sancionando incluso a sus colaboradores (Calisaya Rojas, 2018, pp. 123-124).
Por otra parte, el caso mediático que involucró a grandes personalidades, como políticos, deportistas, empresarios, artistas y otros de toda Latinoamérica, es el denominado “Panamá Papers” y “Lava Jato” por el alto nivel de corrupción sin precedentes que incluso hoy en día algunos personajes se encuentran prófugos de la justicia. En efecto, la corrupción no solo diezma los fondos públicos, sino que impacta severamente en la legitimidad y la confianza de las instituciones del Estado. Esta debilidad es aprovechada con creces por la criminalidad organizada, por ello crean sofisticados modelos delictivos de gran escala, con fondos provenientes del lavado de activos. También otros escándalos mundiales de lavado de activos son protagonizados por multinacionales como Enron, Odebrecht, Parmalat o Volkswagen, bajo la sombra de lavado de activos (actividades fraudulentas de empresas multinacionales). En tal sentido, es asertivo sostener que el lavado de activos del crimen organizado apunta a obtener y mantener el poder bajo la sombra, de tal modo que algunos los llaman los recicladores de los capitales ilegales, que con el apoyo de la corrupción adquieren mayor poder en la esfera pública (De la Torre Lascano, 2018, pp. 11-12). En consecuencia, la estrecha conexión del crimen organizado y el lavado de activos se debe a que este último sirve de instrumento para dar continuidad a la criminalidad (Silva Theodoro y Kalil Mathias, 2018, pp. 1-2)
El comportamiento criminal que desarrolla el lavado de activos se ha fortalecido con las TIC, puesto que la era digital facilita nuevas formas de lavado que trascienden la esfera nacional, incluso la criminalidad organizada, al actualizar su modus operandi, recurre a la tecnología para ocultar sus movimientos criminales (Hernández Quintero, Vargas Sanmiguel y Vargas Nieto, 2021, p. 215). En ese contexto, la globalización y la era digital aceleraron la difusión de la criminalidad organizada (Álvarez Cozzi, 2016, pp. 78-79), dando paso a la criminalidad organizada transnacional, fortalecida por el lavado de activos; todo ello con la ayuda de la corrupción enraizada en la esfera pública.
Por otra parte, la era digital dio apertura a las nuevas formas de lavado provenientes de la criminalidad, tales como las criptomonedas, criptodivisas, activos virtuales, etc.; pues bien, dicha atracción genera para la criminalidad organizada mayor interés, más aún por el anuncio de Facebook en el primer semestre de 2020 de lanzar la nueva criptomoneda denominada Libra. Por ende, es imperativo que los Estados actualicen la forma de identificar y perseguir las nuevas modalidades del lavado de activos en la cibercriminalidad (Prado Saldarriaga, 2019, pp. 164-165). Por tal razón, la complejidad del delito de lavado de activos se torna más peligrosa al ser un instrumento de la criminalidad organizada que destruye la economía, corrompe autoridades y desestabiliza las instituciones del Estado por medio de la legitimidad (Núñez Lira, Castillo Palomo y Núñez Untiveros, 2020, p. 92).
La globalización financiera y la era digital abren las fronteras de los Estados, lo que facilita el lavado de activos de la criminalidad organizada transnacional; en consecuencia, es imperativa la implementación de estándares internacionales que la aborden bajo un enfoque preventivo y represivo (De la Torre Lascano, 2016, p. 319). Cabe recordar que el crimen organizado hoy en día representa uno de los grandes enemigos del Estado y la sociedad, ello se debe a su alto nivel de especialización y organización que, bajo un enfoque empresarial, genera nuevos mercados ilegales que escapan al control del Estado, traduciéndose como una política ineficaz en la lucha contra la criminalidad organizada (Huamán García, 2022, p. 81).
II. CRIMEN ORGANIZADO
El crimen organizado en nuestros tiempos es uno de los grandes enemigos que tiene el Estado y la sociedad en su conjunto, esto se debe a su alto grado de organización, lo que le facilita crear poder y dominio en las instituciones públicas. Con todo ello, al Estado le asiste la obligación de combatir y preservar el Estado de Derecho y la democracia. No cabe duda de que la institucionalización del crimen organizado da origen a mafias, creando mercados ilegales para ofertar su producción de bienes y servicios de forma ilícita, ejerciendo autoridad por encima del Estado. Escenario que se agrava al encontrarse aliados financieros que están amparados por secretos bancarios, abriendo así la complicidad corrupta que existe en el campo de la economía y de la política, posicionando al Estado en sus dominios, gracias a la complicidad corrupta del sistema financiero. Por otro lado, el vínculo que existe entre el ciberespacio y la desregulación financiera es el medio que facilita el blanqueo de capitales de dinero fruto de beneficios ilícitos del crimen organizado, basta con un simple movimiento de capitales para destapar el blanqueo de dinero ilícito obtenido que, al ser así, generará factores que pondrían en peligro la seguridad de la sociedad y que para confrontarlo es esencial la precisión de conductas delictivas (Huamán García, 2022, p. 82).
1. Características
La organización criminal siempre va a procurar insertarse y dominar en el Estado por medio de malos funcionarios, ya sea como apoyo neutral o miembros directos. Asimismo, según Huamán García (2022, p. 84), la criminalidad organizada se caracteriza por: i) ejecución de delitos graves, por medio de la violencia y las amenazas; ii) la corrupción de funcionarios como mecanismo de protección; iii) continuidad operativa, que permita permanecer en el tiempo; iv) suministrar bienes y servicios ilegales; v) ejerce influencia y poder sobre el Estado; vi) adopción de estructura orgánica; y vii) uso de redes sofisticados.
2. Técnicas especiales de investigación e inteligencia
La criminalidad organizada, al contar con poder económico, también tiene cierta especialización de inteligencia criminal que le facilita mantener su autonomía frente a las acciones del Estado. Por ello, para combatir el crimen organizado se requiere de métodos excepcionales tanto de inteligencia como normativos, con un equipo de investigación altamente sofisticado y personal fiscal especializado; del tal modo que el equipo de inteligencia identifique y determine: ¿quiénes son?, ¿cuándo?, ¿cómo?, ¿para qué?, ¿con quién? y ¿cuáles son sus limitaciones? Escenario que impulsa la implementación de nuevos protocolos, reglamentos que faciliten combatir de forma oportuna y eficaz al crimen organizado (Huamán García, 2022, p. 85).
En definitiva, para atacar la criminalidad organizada se requiere de la ejecución conjunta de la inteligencia criminal y la geopolítica, debido a que alimenta la información sobre el escenario actual de la organización criminal, tendencias, la gestación de nuevos mercados ilegales, su ubicación geográfica. Que en conjunto busca neutralizar de forma oportuna y eficiente la lucha contra la criminalidad organizada, obteniendo pruebas objetivas, fiables, certeras y directas respecto a la comisión de hechos delictivos, que generarán convicción de la participación y responsabilidad de los criminales involucrados, más aún, si corresponde a organizaciones criminales transnacionales (Huamán García, 2022, pp. 86-87).
3. Identificación de medidas adoptadas en el Perú frente al problema
El Estado, en su rol contra la criminalidad organizada, implementó diversas medidas normativas tales como: i) artículo 317 del Código Penal - delito de organización criminal; ii) Ley Nº 30077 - Ley contra el Crimen Organizado; y iii) Decreto Legislativo Nº 1244, que fortalece la lucha contra el crimen organizado y la tenencia ilegal de armas; y otras, destinadas a combatir el lavado de activos (Decreto Legislativo N° 1106). No obstante, ante los vacíos legales, la Corte Suprema y la Sala Penal Nacional establecieron varios acuerdos plenarios referidos a la configuración del crimen organizado y su relación con el lavado de activos. En tal sentido, una de las medidas que se utilizan con frecuencia es la prisión preventiva (Decreto Legislativo N° 1375) como un mecanismo que procura la seguridad pública (Huamán García, 2022, p. 88).
4. Las TIC en el crimen organizado
El uso de nuevas tecnologías en el crimen organizado ha permitido que los delincuentes cuenten con un flamante instrumento que optimiza sus operaciones criminales, debido al aporte que significa la tecnología, que les permite incrementar sus ingresos ilegales (Saldaña Taboada, 2019, pp. 10-11). Asimismo, cuentan con estrategias que les garantice su permanencia, escapando de cualquier tipo de control del Estado, pero no solo se valen de su poder económico y la tecnología, sino también requieren el apoyo de funcionarios corruptos que les facilite la ejecución de sus actividades criminales. Se adiciona la ingenuidad de las víctimas que facilita la ejecución de ampliar sus barreras, llevarlo al nivel internacional (Saldaña Taboada, 2019, pp. 11-12).
Por otra parte, la tecnología hizo que la criminalidad organizada experimente nuevos delitos, trasladándose al plano cibernético (malware, cryptoware, ataques a las redes, etc.) que para el crimen organizado representa reducción de costos, complejidad para la labor policial, incremento de víctimas, apertura de nuevos mercados delictivos y el fortalecimiento de aquellos existentes, con mecanismos más sofisticados para el anonimato en la criminalidad. Tal es el caso de Darknet (mantiene en anonimato el IP del criminal) que facilitó la venta ilegal de drogas y armas (Saldaña Taboada, 2019, pp. 12-13).
5. El crimen organizado y las criptomonedas
5.1. Características atractivas para el crimen organizado
En la actualidad, el uso de las TIC por parte de las organizaciones criminales puso en alerta permanente a todas las autoridades internacionales, como la Interpol, respecto a la ampliación de las actividades delictivas del crimen organizado, como las criptomonedas, que resultan incluso poco detectables para las autoridades policiales (Saldaña Taboada, 2019, pp. 15-16).
Entre las características que destacan están las siguientes:
a. Descentralización: Son sumamente atractivas para el crimen organizado, ideales para lavar dinero, comprar bienes y servicios ilegales, debido a que no existe ninguna organización que respalde su valor y controle su emisión (Saldaña Taboada, 2019, p. 27).
b. Accesible en todo el mundo: Pueden ser utilizadas en cualquier parte del mundo debido a su naturaleza digital, elemento que resulta muy atractivo para el crimen organizado transnacional, puesto que pueden actuar desde cualquier lugar del planeta, haciendo más fácil la actividad de lavado de activos (Saldaña Taboada, 2019, pp. 28-29).
c. Coste mínimo de las transacciones: Es mínimo el costo que se paga por las transacciones con bitcoins, lo que hace más atractivo para las organizaciones criminales que desean escapar al control de los países y bancos, condición que es práctica usual en la criminalidad organizada (Saldaña Taboada, 2019, p. 29).
d. Permiten realizar transacciones internacionales a través de redes peer-to-peer: Son sistemas que facilitan el contacto de una persona con otro individuo sin la intervención de ningún intermediario, característica especial para el crimen organizado (Saldaña Taboada, 2019, pp. 29-30).
e. Anonimato: Es la característica más importante para el crimen organizado, a pesar de que las operaciones se registran de forma cronológica, pública e irreversible, estas siempre serán anónimas, debido a que no se registra información vincula con la identificación de la persona (Saldaña Taboada, 2019, p. 30).
f. Posibilidad de cambio de bitcoins a dinero fiat: El carácter transnacional de la criminalidad organizada obliga a que el envío y la recepción del dinero sean por medio de los bitcoins, para luego convertirlo en dólares, euros, pesos, soles, etc., facilitando el lavado de activos (Saldaña Taboada, 2019, pp. 30-31).
g. Operaciones irreversibles: Esta característica permita que los bitcoins transferidos no puedan revertir la operación, generando confianza, seguridad y estabilidad para el crimen organizado (Saldaña Taboada, 2019, p. 31).
5.2. Delincuencia organizada en la que intervienen las criptomonedas
Sin duda alguna las características que rodean a las criptomonedas son en extremo muy atractivas para ocultar y lavar el dinero proveniente del crimen organizado. Aquí algunos delitos donde intervienen las criptomonedas:
a. Blanqueo de capitales: Lavar el dinero es corazón del crimen organizado, por esa razón, las criptomonedas juegan un rol protagónico para facilitar el lavado de activos, insertando dinero de origen delictivo, por medio de las criptomonedas, con el propósito de perder el rastro ilícito del dinero (Saldaña Taboada, 2019, pp. 33-34). En efecto, el proceso de ocultar el dinero de origen delictivo es la labor del lavado de activos para insertar como lícito al sistema económico, siendo las criptomonedas una herramienta eficaz para este proceso (Moreno Oliver, 2018, p. 18). Por ello, el lavado de activos resulta una herramienta imprescindible para incorporar como lícito el dinero proveniente del crimen; las criptomonedas facilitan este proceso (Mosteyrín Sampalo, 2016, pp. 397-398).
b. Pago en mercados delictivos: Este método facilita mover grandes sumas de dinero, incluso, transferirlo internacionalmente, lo que evita el pago de comisiones y la excesiva burocracia y control de los bancos. Además, por medio de las criptomonedas, el crimen organizado puede realizar compras en el Darknet (bienes pirateados, documentos fraudulentos, drogas ilegales, armas de fuego, especies en peligro de extinción, etc.), debido a que el dinero pasa desapercibido, que es un requisito indispensable para el crimen organizado (Saldaña Taboada, 2019, pp. 34-35).
c. Contratación de servicios delictivos - Crime-as-a-Service: Implica contratar los servicios de criminales para la ejecución de otros delitos de mayor complejidad; esta práctica es muy usual en la cibercriminalidad, debido a que el crimen organizado es de carácter tradicional. Por ello, los profesionales de la criminalidad tecnológica facilitan los ciberataques a través de las TIC (Saldaña Taboada, 2019, p. 36).
d. Ciberextorsión: Implica el secuestro parcial o total de un equipo informático a cambio del pago de dinero o criptomonedas para liberarlo, siendo lo más habitual los ataques de denegación de servicio y ransomware (Saldaña Taboada, 2019, pp. 37-38).
e. Sextorsión: Aquí la extorsión reside en la difusión de imágenes o videos de contenido sexual de ella o él, que también es característico de la criminalidad organizada (Saldaña Taboada, 2019, p. 38).
6. El crimen organizado y la economía ilegal
La criminalidad organizada procura mantener un estrecho vínculo con la corrupción del Estado, de tal forma que le permita contar con poder, influencia y amasar más dinero ilícito. Al estar impregnada en todas las actividades ilícitas, también ve los negocios digitales o en las TIC una gran oportunidad para ampliar su mercado ilegal y generar más ingresos por medio de la economía digital (Landaburo Sánchez, 2016, pp. 125-126). Por ello, es crucial adoptar nuevas estrategias de lucha contra el crimen organizado y el lavado de activos, más aún que ellos han ampliado y modernizado sus formas delictivas por medio de las TIC. No cabe duda de que las unidades de inteligencia financiera tienen un mayor reto, debido a la sofisticación de la criminalidad y el lavado; siendo imperativo identificar sus debilidades para neutralizar sus operaciones (Landaburo Sánchez, 2016, p. 128).
III. CRIPTOMONEDAS Y DERECHO PENAL
1. Política criminal pasiva frente a las criptomonedas
La ausencia de una regulación especial sobre las criptomonedas implica que la política criminal no está abordando el problema de fondo, lo que orilla a la dificultad para describir los riesgos penales que se derivan de las criptomonedas. Asimismo, debe añadirse lo complejo que resulta perseguir las operaciones provenientes de las criptomonedas que, por lo general, es el instrumento más atractivo para lavar el dinero negro de las organizaciones criminales. Por ello, la actitud pasiva de la política criminal se traslada en la poca efectividad de lucha contra la criminalidad organizada y el lavado de activos (Nieto Martín y García Moreno, 2021, pp. 2-3).
2. Monedas virtuales, ¿resulta necesario proteger penalmente la política monetaria?
La moneda representa la soberanía de un país, por tal razón, goza de una amplia protección penal que mantenga vigente la supremacía monetaria dentro del territorio estatal; puesto que la triada territorio, soberanía y moneda representa los elementos más relevantes de la política monetaria. Debemos tener en cuenta que a los Estados les asiste el monopolio de la moneda como parte de su soberanía, empero, el surgimiento de las criptomonedas o monedas virtuales implica ir más allá del territorio nacional; condición atractiva para la criminalidad organizada que pretende lavar el dinero negro. No obstante, el Derecho Penal, al ser el sistema de control de la supremacía de la moneda estatal, garantiza la soberanía nacional (Nieto Martín y García Moreno, 2021, pp. 6-7). Por tanto, ante la inserción masiva de la moneda privada, esto es, las monedas virtuales, la moneda nacional corre ciertos riesgos por la forma como se incorpora, se desarrolla y para qué fines se utilizan las monedas virtuales.
3. Fraudes y publicidad engañosa en la emisión y oferta de criptomonedas
El uso masivo de las criptomonedas también trajo consigo no solo el interés de las organizaciones criminales, sino también la aparición de nuevos hechos delictivos de corte fraudulento, relacionado con la creación y oferta de criptomonedas. El mercado sobre las criptomonedas puso en evidencia lo vulnerable y altamente riesgoso respecto a la inversión en moneda virtual, a tal punto que hasta la poderosa red social Facebook se vio involucrada en un escándalo de fraude de las criptomonedas (Nieto Martín y García Moreno, 2021, pp. 12-13).
Por ello, otro de los problemas vinculados con las criptomonedas es la falsa oferta de criptomonedas, donde miles son las víctimas gracias a la publicidad engañosa respecto a falsas inversiones en criptomonedas. Una práctica frecuente que por lo general utilizan las redes sociales como medio de difusión masiva para captar nuevas víctimas. Por esa razón, Twitter, Facebook o Google llegaron a prohibir la publicidad de criptomonedas; sin embargo, luego recularon al volver a admitirlas previo control (Nieto Martín y García Moreno, 2021, pp. 13-14).
IV. LAVADO DE ACTIVOS MEDIANTE CRIPTOMONEDAS
La acción de las criptomonedas ha despertado todas las alarmas debido a su instrumentalización delictiva tales como el fraude y el lavado de activos (adquisición, transferencia, conversión, ocultamiento y tenencia de activo de procedencia ilícita); por ello la preocupación de las autoridades debido a la facilidad que tienen las monedas virtuales para concretar la impunidad de los hechos delictivos. En ese sentido, se destacan algunas características criminógenas como: i) el anonimato de las operaciones y su beneficiario; ii) altísimo nivel de dificultad de rastreo informático; y iii) vacíos legales y falta de criterio estandarizados para la circulación y control público de las criptomonedas (Prado Saldarriaga, 2019, p. 166).
El alto riesgo que representan las criptomonedas facilita el lavado de activos desde un plano internacional, cuyo acceso puede ser desde cualquier punto de internet, incluso desde un equipo móvil. En efecto, a través de las monedas virtuales se pueden realizar transferencias de fondos y pagos transfronterizos, pues bien, una de las características especiales de las criptomonedas es que dependen de infraestructuras complejas, que involucran varias entidades distribuidas en varios países. Claro está otro de los potenciales riesgos de las monedas virtuales reside en la instrumentalización para el lavado de activos, puesto que la permanente modificación y actualización de su soporte técnico reducen al máximo alguna posibilidad de inteligencia informática por parte de las autoridades. A ello se adiciona el carácter descentralizado de las criptomonedas, difícilmente logran alcanzar las operaciones de lavado de activos, por su anonimato entre personas dentro de un mundo digital, que de por sí está fuera del alcance de cualquier país. Por tal razón, las criptomonedas son el aliado perfecto para el lavado de activos del crimen organizado (Prado Saldarriaga, 2019, pp. 166-167).
El impresionante auge del tráfico virtual de las criptomonedas impulsa a los países a rediseñar sus políticas de prevención y control delictivos del uso delictivo de las monedas virtuales. Por ello, es imperativo el trabajo conjunto de fiscalización e interoperabilidad transnacional que permita combatir eficazmente el lavado de activos y la criminalidad organizada que han instrumentalizado las criptomonedas. Por ello, se debe tener presentes cuatro retos para afrontar la criminalidad en el uso ilegal de las criptomonedas y son: i) procurar mantener la integridad financiera, donde se concrete la seguridad de estar a salvo del crimen organizado y el lavado de activos; ii) a los usuarios de las criptomonedas otorgarles tutela preventiva y efectiva, ante el alto riesgo de su uso fraudulento virtual; iii) regular la alta volatilidad en la cotización de las monedas virtuales, puesto que son activos altamente riesgosos; y iv) es imperativo insertar al registro tributario las operaciones de criptomonedas (Prado Saldarriaga, 2019, pp. 169-170).
V. CRIPTOMONEDAS Y LAVADO DE ACTIVOS EN EL PERÚ
Los riesgos y desafíos que representan las criptomonedas requieren de una especial atención y revisión de las políticas contra el lavado de activos. Ello se debe al descuido y omisiones de no abordarlo con seriedad en el Plan Nacional Contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo 2018-2021, con respecto a la política de prevención del lavado de activo en las criptodivisas y criptomonedas. Asimismo, este desconcierto incluso involucró a los entes internacionales, como el GAFI y el GAFILAT sobre las nuevas formas de lavado cibernético. Nuestro país, a pesar de contar con una legislación elemental sobre las monedas virtuales, donde regula sus formas, límites, emisión, transacción, esto no es suficiente. En el Perú ya opera el uso de criptomonedas tales como Bim (Billetera Electrónica del Modelo Perú) y PeruCoin (creada por la Empresa Bits2u), por lo que resulta imperativo afinar y actualizar nuevas políticas penales antilavado; en consecuencia, es relevante señalar los riesgos del uso y la inversión de las monedas virtuales, no solo por su alta volatibilidad, sino también por su fácil vinculación del crimen organizado para operaciones de lavado de activos (Prado Saldarriaga, 2019, pp. 172-173).
VI. CONCLUSIÓN
El crimen organizado aprovechó la oportunidad que le brindan las nuevas tecnologías (TIC), puesto que sofisticó sus métodos de acción criminal. A ello se adiciona que las criptomonedas resultaron ser el instrumento idóneo para llevar a cabo el lavado de activos, que les permita insertar dinero negro por mecanismos que son difíciles de rastrear por la complejidad de las operaciones que ofrecen las monedas virtuales.
Si bien es cierto, los Estados, incluyendo al Perú, están adecuando sus políticas preventivas de acción contra la criminalidad organizada y el lavado de activos, estos son insuficientes no solo por la regulación especial que se requiere, sino también por las omisiones y falta de uniformar criterios de cooperación internacional que lucha contra el crimen organizado y el blanqueo de capitales. Por ello, es imperativo que el Estado vea con ojo clínico la realidad de la cibercriminalidad, las nuevas formas de actividad delictiva del crimen organizado y la sofisticada forma para blanquear el dinero ilícito.
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* Fiscal provincial titular de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada del Santa; maestro en Magistratura Contemporánea, la Justicia en el siglo XXI, por la Universidad de Jaén-España; maestro en Gestión Pública por la Universidad César Vallejo; maestría concluida en Derecho Penal por la Universidad Nacional Federico Villarreal; maestría concluida en Derecho Civil por la Universidad Inca Garcilaso de la Vega; doctorado concluido por la Universidad Nacional Federico Villarreal.