RESUMEN LEGAL PENAL
Resolución Legislativa que aprueba el Convenio sobre la Ciberdelincuencia
R. Leg. N° 30913 (13/02/2019)
Mediante esta norma, el Estado peruano aprobó el Convenio sobre la Ciberdelincuencia, adoptado en Budapest el 23 de noviembre de 2001, con las siguientes declaraciones:
a) La República del Perú declara que su legislación exige que el delito de acceso ilícito se cometa infringiendo medidas de seguridad.
b) La República del Perú declara que su legislación exige que el delito de interceptación ilícita se cometa con intención delictiva y que dicho delito puede cometerse en relación con un sistema informático conectado a otro sistema informático.
c) La República del Perú declara que podrá exigir que exista una intención fraudulenta o delictiva similar, conforme a lo establecido en su Derecho interno, para que las conductas de falsificación informática generen responsabilidad penal.
d) La República del Perú declara que, en aras de la eficacia, las solicitudes de asistencia a otros Estado deberán dirigirse a su autoridad central.