Coleccion: 48 - Tomo 36 - Articulo Numero 6 - Mes-Ano: 2013_48_36_6_2013_

LAUDATIO AL PROFESOR RAÚL EUGENIO ZAFFARONI(*)

Rosa MAVILA LEÓN(**)

Me corresponde el honor de proclamar la laudatio del profesor Raúl Eugenio Zaffaroni en el acto de su investidura como doctor honoris causa por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, a propuesta, por unanimidad, de la Facultad de Derecho y Ciencia Política de esta destacada casa de estudios.

Conocí a Eugenio Raúl Zaffaroni por los años setenta, cuando ya se vislumbraba como un excelente penalista. Sin embargo, pronto él se encargaría de hacer notar con su excelente pluma que también era muy versado en Filosofía, Criminología y Política Criminal. La vida lo volvió a poner en mi camino en las reuniones del Grupo Latinoamericano de Criminología Crítica, así como en Costa Rica, donde tiene su sede el Instituto Latinoamericano para la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, cuando tratamos temas de Derecho Penal y políticas de género.

El bonaerense Eugenio Raúl Zaffaroni, si bien estudió Derecho en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad de Buenos Aires, graduándose de abogado en 1962, su vasta y conocida obra trasciende el ámbito jurídico y se instala y posiciona en las ciencias sociales. Dicho interés interdisciplinario hizo que obtuviera el grado de Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Nacional del Litoral (1964).

En la década de los setenta, el mundo se encontraba dividido en dos. Por un lado, se encontraban los países del primer mundo, liderados por los Estados Unidos de América y constituido por los estados capitalistas, mayoritariamente industrializados. Por otro lado, estaban los países del segundo mundo, o del bloque socialista, liderados por la extinta U.R.S.S. y compuesto por sus países satélites. Finalmente, y ya casi en el margen, existía un grupo de países que, por diversas razones, se agrupaban en torno a su insignificancia para el poder hegemónico: se trataba de los llamados países del tercer mundo.

Este grupo de países osaba hacer ciencia jurídica. Y desde su particular punto de vista, que le permitía una aproximación más realista de los modelos teóricos, se elaboraron ciertos discursos que cuestionaban radicalmente el statu quo jurídico, tanto en el ámbito jurisdiccional como en el académico. Es en este contexto que emerge la figura de Raúl Zaffaroni, destacado penalista y iusfilósofo argentino, que desde las postrimerías del tercer mundo decidió llevar a cabo una revolución: la revolución humanista del Derecho Penal.

La obrade Zaffaroni cuestiona el statu quo al diferenciar desde un primer momento el entrampamiento terminológico que supone el uso indiscriminado del vocablo Derecho Penal. Así, distingue entre la ley penal, el ejercicio del poder punitivo y la Ciencia del Derecho Penal. Esta confusión –nos dice el maestro–no es gratuita, sino que responde en última instancia a la labor de desacralización de la ideología vigente, la ideología según la cual el Estado está por encima del individuo.

Este cuestionamiento de la posición y prevalencia del Estado sobre el individuo llevó a Zaffaroni a invertir el orden de los factores. Ahora era el individuo el que se encontraba en la cima del ordenamiento jurídico y de la sociedad. Esta convicción del humanismo como sustento del sistema penal se asienta en sus profundos conocimientos de la filosofía y su defensa inquebrantable de los derechos humanos. Por lo tanto, la estructura antropológica del ser humano se convirtió en el criterio y en el fin de la aproximación hermenéutica de Zaffaroni al sistema penal y, al mismo tiempo, devino en la piedra angular de su discurso.

Es imposible resumir su vasta trayectoria bibliográfica sin omitir algunas de sus más importantes publicaciones; no obstante, admitiendo alguna arbitrariedad y cierto sesgo hedónico, puedo mencionar que sus obras más importantes son su Manual de Derecho Penal, su colosal Tratado de Derecho Penal de cinco volúmenes, el muy famoso libro En busca de las penas perdidas (traducido al portugués y al italiano), así como las obras Criminología: Aproximación desde un margen, y La palabra de los muertos. Conferencias de Criminología cautelar. Cabe añadir que su obra Derecho Penal. Parte general, en coautoría con sus discípulos Alejandro Slokar y Alejandro Aliaga, batió el record de ventas y de uso en muchas universidades latinoamericanas.

Su conocimiento de los idiomas italiano y alemán lo llevaron a nutrirse de los autores italianos y alemanes, respectivamente, en su lengua materna. Esta cercanía le permitió poseer un fundamento iusfilosófico para criticar al positivismo italiano y nutrirse de la Escuela Finalista, en boga en Alemania durante esos años, gracias a los trabajos de Welzel y sus discípulos. Posteriormente, los periodos de investigación en dicho países –sobre todo en el prestigioso Max Planck Institut– le permitieron profundizar sus conocimientos y fortalecer sus convicciones.

El momento en que visitaba Alemania no pudo ser mejor, pues se trataba de remontar la experiencia del Derecho Penal nazi (Escuela de Kiel) y proponer candados jurídicos a nivel teórico para que dicha experiencia no se repitiera. En ese sentido, el sistema finalista del Derecho Penal se basaba en las estructuras lógico-objetivas, postuladas como infranqueables ante cualquier orden del legislador. Dichas estructuras buscaban contrarrestar el terror que había significado el disfraz jurídico de la Escuela de Kiel a las atrocidades nazis.

El causalismo y el neokantismo habían sido utilizados a su antojo por la Alemania nazi, debido a la facilidad que encontraba su fundamento, el positivismo, para servir a cualquier orden legislativo. Latinoamérica atravesaba a finales de los setenta y comienzos de los ochenta del siglo pasado, una seguidilla de dictaduras, unas más atroces que otras, pero todas ellas hacían gala de su poder punitivo, revestido –claro está– de la teoría del delito causalista y la Criminología positivista. En América Latina, el sistema causalista del delito imperaba, tanto en el plano jurisdiccional como académico.

En ese contexto la prédica finalista de Zaffaroni encontró una tierra virgen donde los primeros frutos no tardaron en aparecer. Su discurso cuestionaba el sistema causalista del delito, que en el fondo era positivismo puro y duro, cuestionaba a las agencias de la ejecución del poder punitivo, que basaban su tarea en los estereotipos, cuestionaba la legislación que recogía los estereotipos de la policía, etc. Mientras su prestigio internacional crecía vertiginosamente y toda Latinoamérica reconocía su erudición y la coherencia de su sistema penal, el profesor Zaffaroni era invitado a muchos países a dar diversas conferencias. De esta manera, Zaffaroni se convirtió en el embajador del sistema finalista en América Latina.

No tardó mucho en que las obras de Zaffaroni fueran publicadas en el Perú y fue gracias a él que los juristas peruanos –y latinoamericanos, por qué no decirlo– conocieron la doctrina final de la acción. Pero el mayor aporte de Zaffaroni al Perú ha sido, sin duda, servir de guía en la elaboración del Código Penal de 1991. Sus ideas, su doctrina, su pensamiento, sus valores, su humanismo, su creencia en los derechos humanos, se ven reflejados, grosso modo, en nuestro Código Penal vigente. Solo para nombrar un ejemplo, debemos agradecerle al maestro Zaffaroni la introducción del artículo 15, relativo al error culturalmente condicionado, que supera el tratamiento dado a los indígenas por el Código de 1924, que los consideraba degradados por el alcohol.

No podemos omitir su papel en el surgimiento de la Criminología crítica, en boga en América Latina en los años setenta y ochenta, sin cuyos aportes no sería posible la comprensión científica del fenómeno de la criminalidad. Zaffaroni fue explícito al señalar la estructura social que produce y reproduce los estigmas sociales y, de esta manera, crea los prototipos de delincuentes. Se trata de los procesos de criminalización primaria y secundaria.

La entrada de la Criminología crítica supuso un giro de 180 grados en el análisis de la criminalidad: a partir de ahora existe una corresponsabilidad de la sociedad en la creación del proceso delictivo. En ese sentido, la influencia del pensamiento marxista en la Criminología crítica favoreció la comprensión según la cual los factores criminógenos encuentran su origen en la estructura y superestructura sociales. El análisis del fenómeno de la criminalidad implicaba la modificación de dichas estructuras criminógenas.

La perspectiva mencionada criticaba la labor de los criminólogos, quienes estaban acostumbrados a entender el fenómeno del delito desde postulados lombrosianos, y los compelía a “mirar más allá” del paradigma etiológico. El profesor Zaffaroni en este campo ha jugado un papel de suma relevancia. Podemos decir, sin temor a caer en la adulación, que el lugar intelectual, el prestigio académico y el referente ético que en Europa representaba Alessandro Baratta tiene su parangón en Latinoamérica en la figura del profesor Zaffaroni.

Por todo ello, la comunidad jurídica peruana le debe al maestro Zaffaroni el sacarla del oscurantismo que suponía una sistemática del delito fundada en el positivismo jurídico. Esta suerte de Edad Media jurídico-penal en la que se encontraba la Ciencia del Derecho Penal nacional se acabó con la aparición y difusión de la obra del maestro Zaffaroni.

Este autor prolijo también ha ocupado cargos muy importantes para la prevención del delito y la promoción de los derechos humanos en la respuesta punitiva. Así, ocupó el cargo de “Consultant in Criminal Policy”, contratado por la ONU para el Instituto Latinoamericano para la prevención del delito y el tratamiento del delincuente, en San José-Costa Rica; fue Director y coordinador, y luego miembro del Consejo Asesor del Programa de Sistemas Penales y Derechos Humanos del Instituto Interamericano de Derechos Humanos.

Es cierto que la visión dominante es la de poder punitivo limitado por el Derecho Penal; sin embargo, en Europa se están escuchando voces que reclaman por un endurecimiento de las penas, el recorte de los beneficios penitenciarios y el adelantamiento de las barreras de punibilidad en algunos supuestos delictivos.

Hoy –qué duda cabe– estamos en un contexto de endurecimiento del Derecho Penal. Si bien la obsesión por la vigilancia ya había sido denunciada por Foucault a finales de los setenta, fue Zaffaroni quien le dio un carácter latinoamericano. Solo a partir de Zaffaroni puede hablarse de un movimiento de resistencia intelectual y jurídico-penal respecto al mainstream académico.

El funcionalismo normativista postula que el hombre es lo que la norma dice que es. Bajo esta premisa el hombre y sus derechos son jurídicos, dejan su estatus óntico para convertirse en meros instrumentos, tan fungibles como débiles. Frente a esta moda teórica Zaffaroni denuncia el instrumentalismo del funcionalismo normativo, que llevado a sus máximas consecuencias puede derivar en el genocidio.

Frente a la indiferencia respecto de las violaciones de derechos humanos, Zaffaroni denuncia los programas estatales totalitarios que buscan la seguridad a toda costa, sin reparar en la violencia como método represivo. Su propio país, Argentina, sufrió una fortísima dictadura que violó muchísimos derechos humanos.

Estas reacciones propuestas encajan dentro de políticas criminales cuasi totalitarias y represivas que no provienen de una reflexión profunda de la naturaleza de la criminalidad, sino de una demanda popular, entendida como clamor ciudadano, al cual no pueden dejar de hacer caso los legisladores, que son quienes en última instancia proponen las leyes de un país.

Frente a este populismo penal o Derecho Penal völkisch –como suele denominarlo el maestro Zaffaroni– reivindica la prejuridicidad del ser humano, la vigencia de los derechos humanos y la lucha por el derecho a la igualdad.

Pero Eugenio Raúl Zaffaroni también ha ejercido la magistratura por mucho tiempo. Ha sido Juez de la Cámara Segunda de la Segunda Circunscripción Judicial de la Provincia de San Luis, ha sido Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal, así como Juez Nacional en lo Criminal de Sentencia de la Capital Federal y Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal. Finalmente, sus propios méritos hicieron que el profesor Zaffaroni, desde el año 2003, ocupara el cargo Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La teoría jurídico-penal de Zaffaroni está constantemente actualizada y sometida diariamente a duras pruebas. Su mejor evaluación es el contraste con la realidad. Esta confrontación arroja un saldo favorable para Zaffaroni, pues su sistema penal ha demostrado una gran capacidad de rendimiento. Los llamados casos difíciles –según la terminología de Dworkin– son resueltos, desde la teoría del delito propuesta por Zaffaroni, sin mucha dificultad, resaltando –sobre todo– el carácter humanista de su teoría.

Es precisamente esta posición sui géneris, de, por un lado, académico versado en filosofía y Derecho Penal, y, por otro lado, de magistrado supremo –que en Argentina se llama Ministro de la Corte Suprema–, le permite tener ese criterio crítico de aplicación práctica y realista de la dogmática pura y nebulosa, y, al mismo tiempo, el criterio de coherencia principista frente al mero
pragmatismo.

Señoras y señores, el tiempo del que dispongo apenas me ha permitido hacer un balance del esfuerzo que hay detrás de una vida consagrada a la investigación y a la docencia. Me gustaría dedicar estos últimos minutos a destacar lo que es un rasgo de su personalidad, algo que tiene, para mí, un significado especial.

No descubro ningún secreto si les confío que el profesor Zaffaroni ha huido siempre de las distinciones y de las lisonjas académicas. Si hoy está aquí con nosotros, recibiendo este gran honor, es porque una parte de su vida ha quedado vinculada a este país, que, estoy segura, lleva en su corazón. El profesor Zaffaroni nunca ha cedido al oportunismo ni al cinismo del demócrata que esconde su juego, sino que permanece en pie como ejemplo de rigor y de compromiso universitario.

Formulo, finalmente, un deseo: ojalá que el reconocimiento al profesor Zaffaroni, al recibir su investidura como doctor honoris causa, nos impulse a imitar la virtud que ha desplegado a lo largo de su vida, para que sirva de ejemplo a sus discípulos, a los jóvenes investigadores, e incluso a quienes debaten y porfían con él. Y, por qué no, para dar ánimos a sus amigos.

Dignísimas autoridades: considerados y expuestos todos estos hechos, solicito encarecidamente que se otorgue y confiera al señor Eugenio Raúl Zaffaroni el supremo grado de doctor honoris causa por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.


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