Resoluciones del Tribunal Fiscal
Naturaleza del recurso de queja Que finalmente, cabe indicar que la queja es un remedio procesal que ante la afectación de los derechos o intereses del deudor tributario por actuaciones indebidas de la Administración o contravención de las normas que inciden en la relación jurídica tributada, permite corregir las actuaciones y encauzar el procedimiento bajo el marco de lo establecido por las normas correspondientes, en los casos en que no exista otra vía idónea, motivo por el cual en reiteradas resoluciones este Tribunal ha establecido que la queja no es la vía pertinente para analizar asuntos de fondo ni cuestionar los valores emitidos por la Administración ni los actos que son susceptibles de ser impugnados a través del procedimiento contencioso tributado regulado en el Código Tributario. Resolución N° 02335-Q-2022 |
La existencia de un procedimiento no contencioso en trámite no suspende la cobranza coactiva Que sin perjuicio de lo expuesto, es del caso señalar que de acuerdo con el criterio expuesto en la Resolución N° 07067-3-2004 de 27 de setiembre de 2004, publicada con carácter de precedente de observancia obligatoria, la existencia de un procedimiento no contencioso en trámite, como es el iniciado con una solicitud de inafectación, no suspende la cobranza coactiva, toda vez que el hecho que se encuentre pendiente de resolver una solicitud de este tipo no se encuentra contemplado en el artículo 31 de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, como una causal de suspensión del procedimiento de ejecución coactiva. Que, finalmente, cabe anotar que del análisis preliminar de la queja presentada no se advirtieron razones suficientes que ameriten la suspensión temporal de los procedimientos de ejecución coactiva materia de queja. Resolución N° 02348-Q-2022 |